El nuevo reglamento electoral que la
Federación Española de
Fútbol (
RFEF) ha enviado al
Consejo Superior de
Deportes (
CSD) para su aprobación prevé que las elecciones a presidente se celebren el martes 20 de diciembre y exige que haya mayoría absoluta para que prospere la moción de censura.
Este punto es uno de los que modifica el texto, aprobado el pasado día 8 por la
Comisión Delegada y hecho público hoy por la
RFEF, que es el tercero que elabora ante el rechazo de los dos anteriores por incumplir la orden ministerial que regula los procesos electorales en opinión del
CSD.
Dicha orden, publicada en el
BOE el 21 de diciembre de 2015 para sustituir a la que regía desde 2007, fija, entre otros, los criterios para la composición de las asambleas que votan al presidente según el número de licencias de cada federación y el desarrollo de las mociones de censura, con la necesidad de mayoría absoluta para su aprobación.
Éste es uno de los aspectos modificados en el nuevo reglamento de la
RFEF, en relación a los aprobados el 19 de enero y el 22 de marzo pasado, "de acuerdo con lo establecido en los informes emitidos por el
Tribunal Administrativo del
Deporte (
TAD) y el
CSD".
La moción de censura (artículo 35) deberá ser promovida por un tercio, al menos, de los miembros de la
Asamblea General y tendrá que incluir necesariamente un candidato a la presidencia y será preciso el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los miembros que integran la misma de pleno derecho.
Si se rechaza la moción "sus signatarios no podrán presentar otra hasta transcurrido un año" desde el día de su votación y rechazo.
Otras novedades del reglamento aluden a que el calendario electoral debe respetar "necesariamente el derecho al recurso federativo y ante el
TAD, antes de la continuación del procedimiento" y a la posibilidad de recurrir también al
TAD la decisión de la
Comisión Electoral sobre la composición del censo.
La
Comisión Electoral será responsable de la organización, supervisión y control de los comicios, sin perjuicio de las competencias que corresponden al
TAD, y la posibilidad de recusar a sus miembros -tres, que serán designados por la
Comisión Delegada de acuerdo a criterios objetivos- aparece ahora regulada (art.11).
El tratamiento del voto por correo para componer la
Asamblea también cambia, de forma que se constituirá una mesa electoral especial (art.25), elegida por sorteo, para "el traslado, custodia, escrutinio y cómputo" de éste, "así como adoptar las medidas que sean precisas para garantizar la integridad de toda la documentación electoral correspondiente al voto por correspondencia".
"La
Comisión Electoral elaborará y pondrá a disposición del
TAD un listado que incluya una referencia a todas las solicitudes de voto por correo recibidas", añade el reglamento, que mantiene la composición de la asamblea con un total de 140 miembros.
Ésta la formarán el presidente y los 19 presidentes de territoriales más 20 clubes profesionales y 9 no profesionales, 13 jugadores de
Primera y
Segunda y 19 del resto, 4 árbitros de
Primera y
Segunda y 7 de
Segunda B y
Tercera, 6 entrenadores de
Primera y
Segunda y 10 de las otras categorías.
Completarán los 140 los representantes del fútbol sala, que son 12 en total: 5 clubes, 4 jugadores, 2 entrenadores y un árbitro.
A la espera del visto bueno del
CSD, el proyecto de calendario contempla convocar las elecciones el 3 de octubre y elegir a los miembros de la asamblea el 18 de noviembre.
El día 30 de ese mes se abrirá el plazo para la presentación de candidaturas a presidente e integrantes de la comisión delegada y la proclamación oficial de candidatos se hará el martes 13 de diciembre. Las votaciones se harán en la
Asamblea General el martes día 20
El presidente de la
RFEF,
Ángel María Villar, que ocupa el cargo desde 1988, anunció a comienzos de este año su intención de volver a presentarse a las elecciones, aunque el pasado julio presentó su candidatura a la presidencia de la
UEFA, que finalmente retiró una semana antes de la votación, hace una semana, en la que fue elegido el esloveno
Aleksander Ceferin.