Sucesos

El Tribunal Supremo inhabilita a un guardia civil por fotografiarse con un cadáver

El Tribunal Supremo inhabilita a un guardia civil por fotografiarse con un cadáver
El TS juzgó al guardia civil. - R.S.
Estadio DeportivoEstadio Deportivo 4 min lectura
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción disciplinaria de 12 días de haberes con suspensión de funciones interpuesta por el Tribunal Militar Central por una falta grave a un brigada de la Guardia Civil por fotografiarse junto al cadáver de un preso fugado y mandarlo por la aplicación Whatsapp a sus compañeros junto al texto "Ahí está. Fiambre" (sic).

La Sala Quinta, de lo Militar, del Alto Tribunal ha rechazado el recurso que presentó el brigada Ángel A.C, jefe del puesto de Malpartida de Plasencia (Cáceres), contra la sentencia del Tribunal de lo Militar Central --que confirmaba la sanción decidida por el director general de la Guardia Civil--, al considerar que era una falta grave consistente en "la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil".

El Supremo ve "una conducta totalmente opuesta al comportamiento exigible" a un agente de la Guardia Civil hacerse una fotografía, "en una actitud de cierta arrogancia", apunta, delante del "cadáver semidesnudo de un presunto homicida y secuestrado" y hacerlo, además, con el uniforme. Para este tribunal, un miembro del Instituto Armado debe "demostrar en todo momento un respeto absoluto a los ciudadanos".

Según relata la sentencia, el pasado 7 de febrero de 2014, el agente de la Guardia Civil se fotografió vestido de uniforme reglamentario junto al cadáver de Rafael R.G., un preso fugado el día 21 de enero de 2014 del centro penitenciario de Badajoz tras disfrutar de un permiso.

Tras pedirle a su compañero que tomase la foto con su teléfono móvil, el brigada la difundió por Whatsapp a los miembros de un grupo formado por los guardias civiles destinados en el puesto a su mando, denominado "Pto. Malpartida" junto al comentario "Ahí está. fiambre".

La fotografía se difundió por varios grupos y medios de comunicación

El fallecido había sido detenido ese mismo día en las inmediaciones de Plasencia, antes de morir por herida de bala. Ángel A.C. se acercó, "por propia iniciativa", acompañado de otro guardia --quién le hace la instantánea-- a la zona donde falleció el preso, al ser informado por el Centro Operativo de Servicio de la Comandancia.

Ese mismo día la foto del agente empezó a difundirse por grupos de mensajería instantánea ajenos al Instituto Armado. Uno de los grupos a los que se envió estaba relacionado con los carnavales de la localidad de Tejeda de Tiétar.

La difusión fue tal que esta misma imagen apareció publicada un día después en el diario 'Hoy' de Badajoz, y unos días después en la página web radiointerior.es.

Por su parte, el agente alegó que él sólo mandó la imagen a sus compañeros para informar de la muerte del preso y tranquilizarles y que no fue el responsable de la difusión de la foto fuera del ámbito interno de la Guardia Civil. Por ello, solicitó que se castigase al autor del envío de dicha fotografía a la sociedad civil.

El Supremo, en su sentencia del 29 de junio 2016, ha rechazado este argumento y le considera como responsable del "negligente punto de origen de la gran difusión".
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