Coronavirus

Nuevas medidas: lo que podrás hacer y lo que no en Andalucía

Nuevas medidas: lo que podrás hacer y lo que no en Andalucía
- R. S.
Estadio DeportivoEstadio Deportivo 4 min lectura
Desde la pasada medianoche, las restricciones de movilidad entre las provincias andaluzas se han suprimido y sólo algunos de aquellos pueblos que superan la tasa de 500 casos positivos de Coronavirus por cada 100.000 habitantes siguen limitados en sus desplazamientos.

Pero además de esto, que permitirá salir de la provincia casi cuatro meses después, otras muchas otras medidas entran en vigor que es necesario conocer para no cometer errores, pues seguimos en pandemia y cualquier retroceso significaría de nuevo volver a la situación anterior.

Así afectan las nuevas medidas a bares, comercios y ciudadanos:


- Hostelería y comercio

Los comercios, bares, restaurantes y cafeterías pueden tener clientes hasta las 23:00 horas, aunque no se podrán admitir a nuevos desde las 22:30 horas.

Las mesas pueden ser de un máximo de cuatro personas en el interior y de seis en el exterior.


- Aforos en general

Independientemente del aforo del establecimiento, como se decía, las reuniones están limitadas a 6 personas en el exterior y a 4 en el interior. Y el tanto por ciento de ocupación se decide según el nivel de alerta en el que se encuentre esa zona.

a. Zonas Nivel 2:

La hostelería puede tener hasta un máximo de ocupación de un 75 % en interior y un 100% en exterior. El 75 % en establecimientos comerciales. Un 75 % en cines, teatros o auditorios. 100 % en asientos de transporte público y 75 % de pie. El 65 % en instalaciones deportivas. En cuanto a banquetes, máximo de 100 personas en interior y 150 en exterior. Los velatorios, 10 en interior y 25 en exterior. Y el 50 % en las ceremonias civiles y religiosas.


b. Zonas Nivel 3:

La hostelería puede tener hasta un máximo de ocupación de un 50 % en interior y un 100% en exterior. El 60 % en establecimientos comerciales. Un 60 % en cines, teatros o auditorios. 100 % en asientos de transporte público y 75 % de pie. El 50 % en instalaciones deportivas. En cuanto a banquetes, máximo de 50 personas en interior y 75 en exterior. Los velatorios, 10 en interior y 20 en exterior. Y el 50 % en las ceremonias civiles y religiosas.


c. Zonas Nivel 4:

La hostelería puede tener hasta un máximo de ocupación de un 30 % en interior y un 75% en exterior. El 50 % en establecimientos comerciales. Un 40 % en cines, teatros o auditorios. un asienteo de separación en los medios de transporte público y 50 % de pie. El 40 % en instalaciones deportivas. En cuanto a banquetes, máximo de 30 personas en interior y 50 en exterior. Los velatorios, 6 en interior y 15 en exterior. Y el 30 % en las ceremonias civiles y religiosas.


- Toque de queda

El nuevo horario del toque de queda va desde las 23:00 a las 06:00 horas, independientemente del nivel de alarma en el que se encuentre la zona. La Junta de Andalucía también avisa que no se podrá poner como excusa para pasarse de esa hora el regreso a casa desde un bar o restaurante.


- Mascarillas
Sigue siendo obligatoria, incluso en los restaurantes, donde se podrá quitar en el momento de la ingesta.
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