AMAÑOS

Vuelco en el Supremo al 'caso Osasuna', con beneficio para dos ex béticos

El Alto Tribunal determina que primar a un tercero por ganar no es un delito, rebajando las penas, entre otros, de Antonio Amaya y Xavi Torres

Vuelco en el Supremo al 'caso Osasuna', con beneficio para dos ex béticos
Sede madrileña del Alto Tribunal, que se ha pronunciado ya sobre el famoso caso de intervención externa en resultados de fútbol. - ED
Estadio DeportivoEstadio Deportivo 4 min lectura

El Tribunal Supremo ha sentenciado que primar a deportistas de otro equipo por que ganen un partido no es delito, en contra del criterio establecido previamente por la Audiencia de Navarra y defendido por la Fiscalía del Alto Tribunal. Lo ha hecho en su sentencia del 'caso Osasuna', la primera condena sobre corrupción deportiva dictada en España por amaño de partidos en la temporada 2013/2014, entre el club rojillo y jugadores del Betis.

Los condenados son el exgerente de la entidad navarra, Ángel Vizcay; el expresidente Miguel Archanco, los otrora directivos Juan Antonio Pascual y Jesús Peralta, el extesorero Sancho Bandrés, los agentes inmobiliarios Cristina Valencia y Albert Nolla, y los que fueran futbolistas verdiblanco Antonio Amaya (retirado) y Xavi Torres (ahora, en el Lugo), aunque también declararon como testigos otros como Chica, Cédric, Jorge Molina, Rubén Castro, Salva Sevilla o Adán. El Supremo ha rebajado las penas (de 12 a 10 meses, en el caso del ex central y el pivote) que les impuso el último peldaño de la jurisdicción provincial, porque, al contrario que ese tribunal, considera que dejarse perder sí es delito, pero no el primar por ganar, ya que el resultado no depende del deportista.

"Un jugador puede, con su actuación, como una opción posible, perder un encuentro, pero no ganarlo. Y no puede ganarlo porque no depende exclusivamente de su voluntad, sino de otros factores. Y lo que no puede conseguirse voluntariamente, porque es imposible, tampoco puede ser sancionable penalmente", explica la Sala. Al respecto, el Supremo pone el siguiente ejemplo: "En una final de fútbol, por más dinero con que se prime a los jugadores de uno de los dos equipos contendientes, no puede asegurarse el resultado de ganar el trofeo en que consista la competición. Pero lo contrario sí se encuentra en mano de sus protagonistas, pues así como no puede asegurarse jugar bien, no ocurre lo contrario, pues es perfectamente ejecutable jugar mal intencionadamente y dejarse ganar", precisa la sentencia.

"Hablamos de primar a un tercero e intervenir así en el normal funcionamiento del resto de equipos", sostuvo la fiscal, quien opinó que la prima que se pagó al Betis para que ganase al Valladolid (650.000 euros) sí supuso una actuación tendente a influir en el resultado final del partido, porque el equipo andaluz ya estaba matemáticamente descendido a Segunda, de modo que no se jugaba nada.

EFE

Unete a nuestro canal de Whatsapp Únete a nuestro canal de Telegram