El Supremo confirma el cierre del estadio del Getafe por lo ocurrido en 2017

Los hechos a los que hace referencia el Tribunal Supremo ocurrieron hace más de seis años en un partido contra el CD Tenerife

El Supremo confirma el cierre del estadio del Getafe por lo ocurrido en 2017
Imagen del estadio del Getafe durante un entrenamiento - CORDON PRESS
Alvaro ArenillasAlvaro Arenillas 5 min lectura

El tiempo pasa, pero la Justicia no olvida. Según hemos conocido hoy martes 7 de noviembre, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado la sanción al Getafe CF de clausura del Coliseum Alfonso Pérez por un partido, castigo que le impuso la Real Federación Española de Fútbol por los incidentes violentos registrados durante el encuentro disputado frente al CD Tenerife el 24 de junio de 2017.

Esta nueva sentencia llega después de un error administrativo, ya que anteriormente no se tuvo por personado al Getafe, por lo que no pudo oponerse al recurso de casación de la Abogacía del Estado. Una vez recogida dicha omisión, la entidad azulona ha presentado su escrito de oposición al recurso de la Abogacía del Estado en el que denuncia la infracción del principio non bis in ídem al entender que había sido sancionado dos veces, en vía disciplinaria y administrativa, por lo acaecido el mencionado día.

El magistrado Pablo Lucas señala lo siguiente en la sentencia. "Tiene razón la Abogada del Estado y la sentencia de instancia al descartar la infracción del principio non bis in ídem porque, efectivamente, si unos mismos hechos han dado lugar a varias consecuencias jurídicas, la razón no es otra que la de imponerlo la existencia de dos órdenes normativos que rigen a la vez los acontecimientos deportivos como el de autos y responden a fundamentos distintos en lo que aquí importa". Así explica que haya doble sanción. "Una por no haber impedido la introducción del bote de humo que se encendió en el curso del encuentro y la otra, por no haber prevenido la invasión del terreno de juego que se produjo al acabar el partido".

Expresado todo lo anterior, y según los preceptos propios de la disciplina deportiva, recogidos en el Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol cuya cobertura legal se encuentra en los artículos 73 y siguientes de la Ley 10/1990, se concluye lo siguiente.

"Por tanto, se puede, efectivamente, sancionar lo sucedido en el "Coliseum Alfonso Pérez" el 24 de junio de 2017 con las multas impuestas por la Delegación del Gobierno en Madrid por el peligro real que supusieron los hechos violentos considerados para las personas y los bienes y con la sanción impuesta por el órgano competente en materia de disciplina deportiva -que, en último término es el Tribunal Administrativo del Deporte, ya que es al que corresponde revisar las decisiones de Comité de Apelación- por la intensa alteración del desarrollo del encuentro que originó lo sucedido: el cierre por un encuentro del Coliseum Alfonso Pérez por la infracción prevista en el también mencionado artículo 74.2 a) del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol", subrayan los magistrados.

Los hechos juzgados

Los incidentes que han sido objeto de sanción se remontan al 24 de junio de 2017, en el partido de vuelta de la segunda y última eliminatoria de ascenso a Primera disputado entre el Getafe y el Tenerife. Desde las gradas del Coliseum se escucharon cánticos 'de forma coral y coordinada' de 'asesino, asesino' contra Sergio Mora. En ese mismo encuentro también se lanzaron botes de humo desde el fondo que ocupan los aficionados más radicales y se prepararon para la invasión del césped. Jugadores y equipo arbitral no pudieron alcanzar el túnel de vestuarios. La Delegación del Gobierno y la Federación abrieron diferentes investigaciones y concluyeron en su momento en una sanción económica y el cierre del estadio. El partido terminó con un resultado de 3-1 favorable al Getafe, que ascendió a Primera división.

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