La respuesta de Fekir, el agravio estadístico y el hilo del que el Betis puede tirar en su recurso

El club no vio atendidas sus alegaciones por Competición, pero en el fallo de este primer comité hay un argumento aprovechable en Apelación

La respuesta de Fekir, el agravio estadístico y el hilo del que el Betis puede tirar en su recurso
- Villa Gómez
Villa GómezVilla Gómez6 min lectura
Los dos partidos que le han caído a Nabil Fekir por su expulsión ante el Athletic, cuando respondió a la patada que le derribó de Óscar de Marcos y, sobre todo, a la provocación de Iker Muniain cuando ya estaba en el suelo con una patada que derribó al capitán bilbaíno, no han sorprendido especialmente ni al protagonista ni al Real Betis. De hecho, el propio campeón del Mundo respondía al editorial del periodista Josep Pedrerol en 'Jugones' (laSexta), que creía que el castigo sólo podía ser de un encuentro o dos a lo sumo, con los emoticonos de la balanza (apelando a la Justicia) y el aplauso, mostrando, por ende, conformodidad con el informador catalán. Con todo, el club verdiblanco, que ya presentó alegaciones al acta de Mateu Lahoz, tramitará un recurso ante el Comité de Apelación con el máximo objetivo de dejar la sanción en su mínima expresión y que el '8' se pierda solamente la visita a Balaídos y no también el duelo ante Osasuna.

Será una ardua labor, ya que los diferentes peldaños de la jurisdicción deportiva, tanto los dos adscritos a la RFEF como el TAD, auspiciado por el Consejo Superior de Deportes (y, por tanto, por el Gobierno), únicamente suelen alterar las decisiones de los colegiados o de los órganos anteriores en caso de un error manifiesto, nunca en aspectos de interpretación, manteniendo la presunción de veracidad de los árbitros y sus documentos oficiales. Con todo, el Betis tiene un hilo del que tirar en el argumentario de Competición para desestimar su reclamación. "En cuanto a la tipificación de la acción de la que fue autor D. Nabil Fekir, este órgano disciplinario, que no entrará a valorar las circunstancias que rodearon acciones en ningún caso idénticas que concluyeron en resoluciones anteriores (la jurisprudencia que juran y perjuran siempre que no sienta precedente, pero que otras veces se toma prestada), considera que la misma es constitutiva de una infracción de las recogidas en el artículo 123.2 del Código Disciplinario federativo. Este artículo sanciona la violencia en el juego, cuando ésta se produce al margen de éste o estando detenido. En opinión de este Comité, se desprende de modo evidente de las imágenes aportadas tanto la violencia de la acción (una patada), como el hecho de que el juego estaba detenido en ese momento. No cabe entender, en definitiva, que la acción traiga causa de un lance del juego o sea consecuencia directa del mismo", dice el escrito.

Pero Fekir no reacciona así de la nada, sino fruto de la patada con la que De Marcos 'castiga' sus malabarismos con el balón y a raíz de la desconsideración de Muniain al decirle algo cuando estaba en el suelo y tirarle de la barba, acciones éstas inmediatas a la señalización de la falta sobre el francés. El juego estaría detenido unas décimas de segundo antes, pero hay que diferenciar entre partido parado y agresión o agresión justo tras pitar el árbitro como consecuencia de una provocación durante el juego. "En segundo lugar, en cuanto a las atenuantes alegadas por el club, debe tenerse en cuenta que es práctica reiterada de este órgano disciplinario, en ausencia de circunstancias agravantes, imponer las sanciones
que correspondan en su grado mínimo. Es por ello que no pueden tener operatividad alguna, por tanto, las circunstancias atenuantes invocadas por el club en su escrito de alegaciones. Y ello, porque de acuerdo con el apartado tercero del artículo 12 del Código Disciplinario de la RFEF, en ningún caso, la valoración de las circunstancias modificativas previstas en ese artículo habilitará al órgano disciplinario para reducir la sanción mínima tipificada para las diferentes infracciones previstas en dicho Código", remata Competición, que impuso un partido, por ejemplo, al balonazo en la cara de Koundé a Jordi Alba, tras la clara provocación del lateral catalán.

Un agravio que también sustentas las estadísticas, como desvela el perfil especializado @LaLigaenDirecto: Fekir es, desde que aterrizó en la 19/20, el jugador que más faltas ha recibido en las cinco grandes Ligas (348). En estas tres temporadas, en cambio, el francés ha cometido 216 faltas, siendo también el más expulsado en los torneos más importantes del Viejo Continente (4, como Roberto Soriano en el Bolonia y Lenglet en el Barcelona), mientras que el Betis es el tercer equipo cuyos rivales reciben menos amonestaciones en esta temporada (58), únicamente superado por Alavés (49) y Osasuna (54). Los heliopolitanos han cometido 417 faltas en esta Liga, siendo penalizados con 71 amarillas (una cada 5,87) y cinco rojas (una cada 83,4). Por el contrario, han recibido 412 faltas (casi las mismas) en la 21/22, siendo sus rivales penalizados con 58 amarillas (una cada 7,10) y dos rojas (una cada 206).
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