Última llamada de la DGT: seguro obligatorio para bicis eléctricas y patinetes
Los vehículos de movilidad personal deberán contar con una póliza de responsabilidad civil para circular legalmente por la vía pública

A partir del 2 de enero de 2026, todos los vehículos de movilidad personal (VMP), como patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas, estarán obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil si desean transitar por la vía pública. Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), y lo ha recordado recientemente la Dirección General de Tráfico (DGT) en declaraciones recogidas por el programa Poniendo las Calles, de la cadena COPE, conducido por Carlos Moreno 'El Pulpo'.
Esta nueva medida tiene como objetivo mejorar la seguridad tanto de los usuarios de VMP como del resto de personas que comparten el espacio urbano, y se enmarca dentro de una estrategia más amplia para regular el uso de estos vehículos. A pesar de que ya había municipios que aplicaban esta medida a nivel local, ahora la normativa se extiende a todo el territorio nacional, homogeneizando las condiciones para todos los conductores de este tipo de transporte.
¿Qué necesitas para moverte ahora?
Además de la póliza obligatoria, la nueva regulación incluye otras condiciones que deberán cumplir quienes utilicen estos vehículos. Entre ellas, destaca la necesidad de contar con un certificado de circulación. Este documento servirá para acreditar que el vehículo está debidamente registrado en la base de datos oficial de la DGT.
El proceso de registro implicará también la asignación de una etiqueta identificativa para cada VMP. Esta etiqueta llevará el número de inscripción del vehículo y deberá colocarse en un lugar visible. Con esta medida se pretende tener un mayor control sobre el parque de vehículos de movilidad personal que circulan por las calles, asegurando que cumplen con los requisitos técnicos y legales establecidos por la normativa.
El cambio normativo da respuesta a la evolución del uso de estos vehículos en sitios urbanos y a la necesidad de adaptar las leyes a una realidad cada vez más extendida. La DGT avanza de esta forma su intención de reducir los riesgos asociados a la movilidad personal y de garantizar una mayor protección para todos los usuarios de la vía pública.
Nueva normativa para VMP: límites de velocidad y sanciones más duras
La nueva regulación establece criterios claros para los vehículos de movilidad personal ligera (VMP), definiéndolos como aquellos de una sola plaza, propulsados por motores eléctricos, que pueden llegar a velocidades de entre 6 y 25 km/h, siempre que su peso no supere los 25 kilos. Si exceden ese peso, la velocidad máxima permitida se reduce a 14 km/h. Esta diferencia resulta clave para determinar qué vehículos estarán sujetos a estas nuevas restricciones, en un contexto marcado por la creciente preocupación sobre la convivencia entre peatones y VMP, como ya se ha evidenciado en ciudades como Castellón.
Multas de hasta 1.000 euros por circular sin seguro
Una de las novedades más destacadas de la normativa es la obligatoriedad de contar con un seguro. Circular sin él, a partir de la fecha establecida, sufrirá sanciones económicas importantes: las multas oscilarán entre los 200 y los 1.000 euros, además de la posible inmovilización del vehículo. La medida pretende asegurar que todas las personas implicadas en un accidente estén protegidas, una demanda reiterada por muchos viandantes. Este reclamo ha sido especialmente visible en ciudades como Logroño, donde los peatones han expresado su preocupación ante la falta de control en el uso de estos vehículos.