Aplazado el Costa Brava-Sevilla Atlético por un brote de Covid-19

El partido debía disputarse este sábado a las 19:00 horas

Aplazado el Costa Brava-Sevilla Atlético por un brote de Covid-19
Aplazado el Costa Brava-Sevilla Atlético por un brote de Covid-19. - Rafa Gutiérrez
Rafa GutierrezRafa Gutierrez5 min lectura
El Sevilla Atlético tenía que jugar este sábado un duelo trascendental en la lucha por la permanencia en el Grupo 2 de la Primera RFEF frente al UE Costa Brava, penúltimo clasificado de la categoría, sin embargo, el partido ha sido aplazado tras detectarse varios casos positivos de Covid-19 en la plantilla franjirroja.

Así lo ha dictaminado el Juez de Competición de la RFEF a través de un comunicado en el que se compromete a establecer una nueva fecha lo más cercana posible en el tiempo tan pronto como se pueda. A continuación publicamos el comunicado íntegro del Juez de Competición:

En el día de hoy, este Juez de Competición ha tenido conocimiento de la documentación remitida por el Sevilla FC SAD en relación a la situación sanitaria del equipo SEVILLA ATLÉTICO del citado club, que, según refleja el certificado de su Médico responsable, presenta siete casos positivos de COVID-19, que afectan a seis jugadores y un integrante del cuerpo médico, existiendo riesgo de que siguiesen surgiendo nuevos por causa del desplazamiento que el referido equipo tendría que realizar para comparecer a su encuentro fijado para el 19 de marzo de 2022 frente al UE COSTA BRAVA.

A la vista de las circunstancias reseñadas, previa valoración de la situación por parte de los servicios médicos de la RFEF como brote activo no controlado, resulta procedente aplazar el encuentro UE COSTA BRAVA – SEVILLA ATLÉTICO, del grupo 2 de Primera RFEF, fijado para el 19 de marzo de 2022, debiendo el equipo afectado por la situación referida abstenerse de realizar actividades colectivas en las que participen los jugadores que han dado resultado negativo en las pruebas realizadas en tanto no se pueda considerar controlado el brote, según indicación de los servicios médicos de la RFEF.

De conformidad con lo previsto en el punto 3.a) de la Disposición I (“Aspectos Generales”) y en la Disposición IX (páginas 44 y 45 sobre la “Actuación en caso de positivo en el desarrollo de una competición”) del Protocolo de la RFEF “COVID-19. Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional de la RFEF (Temporada 2021-2022)”; así como en las Disposiciones Extraordinarias por COVID-19 Cuarta y Quinta de las Normas Reguladoras de Competición de Primera RFEF y en virtud de la delegación, de 26 de septiembre de 2020, efectuada por el Presidente de la RFEF mediante la que delegaba en este Juez de Competición la competencia para el conocimiento de las cuestiones relativas al cumplimiento de la obligación de los clubes adscritos a competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, contenida en las Normas Reguladoras de cada competición y en el Protocolo Reforzado, de reportar a la RFEF los casos positivos por COVID-19 que se produzcan en el seno de sus plantillas y, en su caso, la resolución sobre la suspensión de un encuentro por estos motivos y la aplicación de las consecuencias disciplinarias que pudieran derivarse en caso de incumplimiento de la citada obligación, este Juez de Competición, RESUELVE:

Aplazar la celebración del encuentro del grupo 2 de Primera RFEF, UE COSTA BRAVA – SEVILLA ATLÉTICO, a una nueva fecha lo más cercana en el tiempo que se determinará por este órgano tan pronto como se acrediten todas las circunstancias que permitan la disputa del mismo, debiendo el equipo afectado por la situación referida seguir las indicaciones de los servicios médicos de la RFEF referidas en el cuerpo de la presente resolución.

Lo que se notifica a los citados clubes, al Área de Competiciones y Fútbol No Profesional y al Comité Técnico de Árbitros a los efectos oportunos. Sin perjuicio de la inmediata ejecutividad de la presente resolución, contra la misma cabe interponer recurso sin efecto suspensivo ante el Comité Nacional de Segunda Instancia en el improrrogable plazo de 48 horas desde su notificación.

En Las Rozas de Madrid, a 17 de marzo de 2022.
Rafael Alonso Martínez
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