30 aniversario

La paga extra de verano sube para miles de personas en España

La pasada subida del Salario Mínimo Interprofesional también va a afectar a la paga extraordinaria

La paga extra de verano sube para miles de personas en España

La paga extra de verano sube para miles de personas en EspañaPixabay

José Antonio RiveroJosé Antonio Rivero 3 min lecturaSin comentarios

Según el Estatuto de los Trabajadores de España, concretamente en su artículo 31, cada trabajador tiene derecho al abono de dos pagas extra, una en verano y otra en Navidad, recibiendo un total de 14 pagas al año. Bien es cierto que luego hay muchos casos, como los empleados que tienen las pagas extra prorrateadas a lo largo del año o los trabajadores autónomos, que no cuentan con ellas. La cosa es que los trabajadores por cuenta ajena que sí que perciben esta paga la esperan ansiosos para poder disfrutar de ella durante las vacaciones de verano, aunque además este año tendrán un añadido que les dará una gran alegría.

El Gobierno aprobó el pasado mes de febrero la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), algo que ya están notando miles de españoles, quienes han visto aumentar su nómina todos los meses desde entonces. Ahora, quien se vio beneficiado por dicha subida del SMI, también notará ese aumento en la paga extra de verano.

Según la legislación española, la paga extra no puede ser menor a 30 días de salario base. En resumidas cuentas, y aunque no sea del todo exacto, esto quiere decir que el mes que se cobra la paga extra se recibe un salario 'doble'. En el caso de que el trabajador no lleve un año en la empresa, su paga extra deberá ser proporcional al tiempo trabajado. Esta se calcula de forma bastante sencilla: Hay que multiplicar el valor de la paga por los días que se ha trabajador y dividir el resultado entre los días del periodo de paga extra.

Es necesario recordar que una de estas dos pagas extras obligatorias debe abonarse sí o sí en Navidad, mientras que la otra, conocida como la de verano, puede pagarse "en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores". Aunque lo normal es que sea en verano, concretamente a mediados de junio. Aunque también puede ser que entre con la nómina de junio, por lo que se percibe en julio.

Como mencionamos antes, hay que resaltar que existe la posibilidad, cada vez más extendida, de que las empresas abonen las pagas extra de manera prorrateada, es decir, que cada mes, junto al resto de las doce pagas ordinarias, va pagando la parte proporcional de las extras, algo que también recoge el Estatuto de los Trabajadores.

Eso sí, el pago prorrateado de las pagas extraordinarias debe venir bien especificado en el convenio colectivo. Si no es así, el trabajador podrá reclamar el abono de las mismas en Navidad y verano, aunque las haya estado cobrando mes a mes.

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