La posible sanción al Betis y clausura del Villamarín por el grave incidente

La posible sanción al Betis y clausura del Villamarín por el grave incidente
- Villa Gómez
Villa GómezVilla Gómez5 min lectura
Solventada por ahora la reanudación inmediata del derbi sevillano de octavos de Copa del Rey, fijada para este domingo a partir de las 16:00 horas, al Real Betis le esperan jornadas de recursos y apelaciones la semana entrante, ya que la Jueza Única de Competición y Disciplina para Primera y Segunda división, Carmen Pérez González, deberá analizar en su proxima reunión, previsiblemente el martes 18, los incidentes que motivaron la suspensión del encuentro el sábado anterior, además de fijar las sanciones para el club verdiblanco y el presunto autor de los hechos, si bien a este último será con toda seguridad la Comisión Antiviolencia, dependiente de la Subdelegación del Gobierno en Andalucía, la que le proponga una pena, que pasará por la exclusión durante un periodo determinado de tiempo o de por vida de cualquier espectáculo deportivo.

En lo que respecta a la institución heliopolitana, castigo económico aparte, se enfrenta a una clausura total o parcial del Benito Villamarín, que no sería, salvo giro mayúsculo de los acontecimientos, el mismo martes (20:00 horas) contra el Alavés, encuentro correspondiente a la jornada 21 de LaLiga, sino en posteriores citas: bien la semana siguiente (2 o 3 de febrero) en los cuartos de final de Copa si se clasifica y se enfrenta a partido único con otro igual en La Palmera, bien el primer fin de semana del mes que viene, ante el Villarreal. Con todo, cabrán recursos ante Apelación y, llegado el caso, el TAD, que podría suspender cautelarmente cualquier decisión, de tal manera que el hipotético exilio (en La Cartuja, muy probablemente) se produjera ante el Mallorca (20-F) o el Atlético de Madrid (13-M).

Según el artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF, "cuando, con ocasión de un partido, se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, se exhiban símbolos o se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad". Ahí, el Betis expuso en su comunicado de anoche que había "colaborado de inmediato con la Policía Nacional para la identificación del presunto autor del lanzamiento, al que se le aplicaría con el máximo rigor el Reglamento disciplinario de la entidad".

Aunque la TV oficial apuntaba de madrugada que el agresor había sido detenido, las fuerzas de orden público se apresuraron a matizar que se aisló y tomó declaración a varios sospechosos en el interior del graderío desde donde se produjo el lanzamiento y que se estaban analizando las cámaras de seguridad, aunque nadie había sido detenido propiamente dicho. Además, los verdiblancos alegarán en su momento que el resto del Villamarín reprobó con cánticos la actitud del energúmeno, señalado por sus propios compañeros de la grada baja del Gol Sur, y que sólo hubo un culpable, con el objetivo de que, a lo sumo, el castigo se quede en un encuentro de clausura, a ser posible únicamente de la citada zona del campo, por lo que se pueda jugar con Fondo, Preferencia y Gol Norte ocupados.

Eso sí, Competición considerará los hechos como graves, ya que acarrearon la suspensión del encuentro, pero deberá tener en cuenta el mayor o menor número de intervinientes, así como el tipo de objeto lanzado, ya que de ello se concluirá si los cacheos y requisas por parte del personal de seguridad contratado por el Betis fue diligente. Al tratarse de un mástil roto de PVC para ensartar una bandera, sí sería un objeto permitido a priori. En cuanto a la duración del posible cierre del coliseo heliopolitano, el artículo 74 de las sanciones muy graves en el correcto desarrollo de los espectáculos deportivos habla de "un período que abarque desde un partido hasta una temporada. Asimismo, cuando el hecho causante se produzca en un solo sector o grada, podrá imponerse, valorando las circunstancias concurrentes y la gravedad de los hechos, por el mismo periodo de tiempo expresado en el párrafo anterior".
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