¡Cuidado! Las transferencias bancarias y los Bizums entre familiares pueden acarrearte una multa de Hacienda

El control de la Agencia Tributaria sobre las transacciones entre particulares podrían acarrear algún susto económico para aquellos que no las realicen de la forma apropiada

¡Cuidado! Las transferencias bancarias y los Bizums entre familiares pueden acarrearte una multa de Hacienda
Cuidado con las transferencias. - CC
Sandra RomeroSandra Romero 4 min lectura

Una de las labores diarias de la Agencia Tributaria se centra en la lucha contra prácticas como el lavado de capitales, la avasión fiscal y el impago de impuestos. Para conseguir este objetivo, Hacienda lleva tiempo aumentando de forma continuada la supervisión de las operaciones financieras realizadas por personas físicas y empresas a través de las instituciones bancarias. El objetivo, como era de esperar, no es otro que detectar cualquier actividad que pueda parecer sospechosa.

Para alcanzar este fin, Hacienda mantiene una estrecha colaboración con las entidades financieras, que tienen la responsabilidad de reportar cualquier actividad inusual en las cuentas de sus clientes. Movimientos como el depósito de grandes sumas de dinero, ingresos recurrentes, solicitudes de préstamos o la recepción de cheques son señales que desencadenarán posibles alarmas. Un conrol riguroso que también es aplicable a las transferencias bancarias entre miembros de la familia, ya que si no se ejecutan de manera adecuada pueden conllevar una sanción por parte de la Agencia Tributaria. Y es que es importante recordar que, ante cualquier irregularidad con Hacienda, no se puede alegar el desconocimiento de la normativa como excusa, ya que el artículo 6 del apartado 1 del Código Civil establece que 'la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento'.

¿Cuál es el límite de Hacienda para las transferencias entre familiares?

Las transferencias realizadas entre familiares, amigos o cualquier otra persona física no deben superar los 6.000 euros. Si el monto de la misma supera esta cifra, la entidad financiera está obligada a informar a Hacienda sobre la transacción. En el caso de transacciones que alcancen o superen los 10.000 euros, la entidad financiera tiene la obligación de notificarlo a la Agencia Tributaria, de acuerdo con la Ley 10/2010 de prevención del lavado de dinero.

Cuando se reciba una transferencia de un amigo o familiar que supere los 10.000 euros, será necesario, además, declarar dicho ingreso en la próxima declaración de la Renta. Esto se aplica tanto a las transferencias bancarias como a los cheques o dinero en efectivo. Incluso si las transferencias se realizan por debajo de los 6.000 euros y la entidad bancaria sospecha que la operación podría estar relacionada con un posible fraude fiscal, está obligada a informar a Hacienda sobre la transacción.

Bizum, también bajo sospecha

Cuando hablamos de transacciones bancarias, también lo hacemos de las efectuadas bajo Bizum, a pesar de que dicho sistema limite las transferencias a 1.500 euros al día o 5.000 euros al mes. Otro detalle a tener muy en cuenta es cuando la transferencia entre familiares se considera una donación, pues es posible que deba pagarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La cantidad de impuesto a pagar varía según la Comunidad Autónoma, pero en muchas ocasiones, especialmente en donaciones entre padres e hijos, no se requiere el pago de impuestos hasta ciertas cantidades.

Pese a todo ello, hay que tener en cuenta que Hacienda puede investigar también las donaciones a partir de los 3.000 euros, por lo que siempre es recomendable informar sobre donaciones en la Declaración de la Renta, incluso si la cantidad está por debajo de los límites de exención.

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