Xabi Alonso gana el duelo con Hacienda

El ex futbolista del Real Madrid y entrenador del Bayer Leverkusen ha visto como el Tribunal Supremo le absolvía tras ser acusado de defraudar casi 2 millones de euros

Xabi Alonso gana el duelo con Hacienda
Xabi Alonso - Twitter: @XabiAlonso
Juande PérezJuande Pérez 3 min lectura

Xabi Alonso le ha ganado el juicio que tenía pendiente a la Hacienda Pública Española. Este miércoles se ha conocido la resolución que ha ofrecido el Tribunal Supremo en la que anunciaba la absolución del ex futbolista de Real Madrid y Real Sociedad entre otros clubes y actualmente entrenador del Bayer Leverkusen. El español estaba acusado de defraudar a Hacienda casi 2 millones de euros entre los años 2010 y 2012.

La Sala de lo Penal rechazó el recurso de la Abogacía del Estado

La Abogacía del Estado intentó que la primera sentencia cambiase presentando un recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que este mismo verano ratificó la segunda absolución de Xabi Alonso, además de la de 2 de sus asesores fiscales por un delito contra la Hacienda Pública. Los hechos por los que Hacienda estaba investigando a Xabi Alonso son los que el jugador donostiarra cedió la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kazdzali, ubicada está en la isla portuguesa de Madeira.

Negocio jurídico simulado

La acusación de la Abogacía del Estado acusó a Xabi Alonso de ser un negocio jurídico simulado que estaba creado como una estrategia para defraudar a la hacienda pública española, buscando de este modo ocultar la forma correcta de tribulación de los rendimientos asociados a los derechos de imagen del propio futbolista. El Tribunal Supremo además diferencia de causas similares que se han llevado a cabo contra otros futbolistas profesionales, al ser estas condenadas por la Audiencia de Barcelona y siendo en alguno de los casos, las condenas ratificadas por el alto tribunal. Estas fueron condenados en primera instancia y en esta ocasión, Alonso ha sido absuelto.

La sentencia explica, además, que "cuando la liquidación presentada por el sujeto pasivo del impuesto hace aflorar en su integridad las ganancias obtenidas en cualquier actividad económica y ofrece a la Hacienda Pública una vía de tributación que los servicios de inspección consideran incorrecta, ese desencuentro interpretativo referido no al ‘qué’, sino al ‘cuánto’, no puede convertirse en el origen de un proceso penal".

Asimismo, los magistrados responden a la Abogacía al señalar que "ninguna anomalía puede detectarse en el hecho de que el Tribunal atribuya mayor credibilidad al peritaje ofrecido por la defensa, frente a lo que ha venido llamándose el peritaje oficial". "Es más, debería considerarse un síntoma, lamentablemente poco frecuente, de proximidad a los principios de contradicción y el derecho de defensa que actúan como verdaderas fuentes legitimadoras del proceso penal", añaden.