30 aniversario

Sancionado por agredir a un agente antidopaje

El capitán australiano de Copa Davis, Lleyton Hewitt, ha sido sancionado por la conducta que tuvo en las finales de la Copa Davis 2024 con un agente antidopaje

Sancionado por agredir a un agente antidopaje

Lleyton Hewitt y Álex de Miñaur en una eliminatoris de Australia en la Copa Davis 2025Cordon Press

Francisco SalasFrancisco Salas 3 min lecturaSin comentarios

El tenis lleva unos años en los que se ha intensificado la lucha contra el dopaje. Que nombres como Jannik Sinner o Iga Swiatek dieran positivo hace unos meses fue un antes y un después, además de lo que se ha perseguido a nombres con menos peso tras sus infracciones. Por eso mismo no se está permitiendo cualquier mínima falta. Y en ese contexto se ha conocido una nueva sanción, en este caso no por el resultado de un análisis, si no por la conducta contra un voluntario antidopaje. El culpable ha sido Lleyton Hewitt, capitán australiano de Copa Davis, y el motivo viene de lejos, pues sucedió en la final a 8 de de 2024 en Málaga.

El capitán australiano, exnúmero 1 del mundo, ha sido sancionado con dos semanas de suspensión y una multa de 30.000 dólares australianos (unos 17.000 euros) por conducta ofensiva hacia un oficial antidopaje, tal y como ha anunciado este martes la Agencia Internacional para la Integridad del Tenis.

La sanción será efectiva del 24 de septiembre al 7 de octubre de 2025, para no afectar a la Copa Davis donde Australia se enfrenta a Bélgica el próximo sábado, y durante ese tiempo, Hewitt no podrá ejercer ninguna función vinculada al tenis, incluidas labores de entrenador, mentor o capitán.

Los hechos se remontan al 23 de noviembre de 2024, cuando Australia cayó en semifinales de la Copa Davis ante Italia en Málaga, y tras el encuentro, el extenista, ganador de dos Grand Slam, empujó a un voluntario que ejercía de acompañante antidopaje.

La defensa no funciona

El exnúmero uno del mundo negó el cargo alegando defensa propia, pero la investigación de la ITIA, que incluyó análisis de vídeo, declaraciones de testigos y entrevistas, determinó que su comportamiento infringió el artículo 7.15.1.1 del Programa Antidopaje del Tenis. El caso fue revisado por un tribunal independiente, que tras varias sesiones celebradas en junio y julio de 2025 en Sídney, concluyó que la versión de Hewitt "no cumplía con los requisitos de defensa propia" y que su conducta "no fue razonable ni proporcionada".

Esto marca un antes y un después en el trato que deben de recibir los agentes antidopaje por parte de los profesionales: "El personal antidopaje desempeña un papel fundamental en la integridad del tenis y debe poder ejercer su función sin temor a contacto físico. En este caso, esa línea se cruzó claramente y no tuvimos otra opción que actuar".

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