La DGT aumenta las multas de tráfico en verano: Estas son las más habituales
Durante la época estival aumenta la vigilancia en las carreteras españolas ante el incremento de distracciones y para garantizar la seguridad

Durante el verano aumenta el tránsito de vehículos en las carreteras de nuestro país, sobre todo en zonas de playa y de turismo elevado. Esto, sumado a que la gente tiende a relajarse en época estival, hace que la Dirección General de Tráfico (DGT) aumente la vigilancia para garantizar la seguridad de todos. A su vez, este aumento de la vigilancia trae consigo un incremento de las multas.
PRINCIPALES INFRACCIONES EN VERANO
La multa más habitual durante el verano es por superar el límite de velocidad o no circular a la velocidad correcta. Las multas por esta infracción pueden ir desde los 100 a los 600 euros, pudiendo no acarrear la pérdida de puntos o hasta restar seis puntos del carnet de conducir, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.
Otra de las sanciones más comunes es el uso de objetos al volante. Ha vuelto a aumentar el coger el móvil mientras se conduce, así como manejar el GPS, comer o incluso maquillarse. Esto es una de las principales causas de accidentes. Usar el móvil conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos, mientras que manipular el GPS mientras se conduce son 200 euros y tres puntos.
El no uso del cinturón de seguridad es la tercera sanción más vista, tanto por parte del conductor como de los otros pasajeros que viajan en el vehículo. A esto se suma el mal uso o el uso nulo de los sistemas de retención infantiles. La gente no suele usarlo para trayectos cortos y esto acarrea 200 euros y 4 puntos de sanción.

Por su puesto, los controles de alcoholemia también aumentan en verano. Las multas por dar positivo van desde los 500 euros y la pérdida de 4 puntos (para tasas entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire espirado) hasta los 1.000 euros y la retirada de 6 puntos (para reincidentes o tasas superiores a 0,50 mg/l). En los casos más graves, superar los 0,60 mg/l de alcohol, ya se considera delito y puede acarrear penas de cárcel.
UNO DE LOS PRINCIPALES BULOS
Uno de los mitos más comunes son las multas por conducir con chanclas o descalzo, mientras que lo cierto es que no hay una norma que prohiba este calzado. Eso sí, el Artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación obliga al conductor a mantener su "libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción". Esto quiere decir que si un agente considera que con chanclas no se tiene un buen control de los pedales sí que podría sancionar al conductor con una multa de 80 euros. Esto mismo se aplica a los tacones en el caso de las mujeres.